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Carrion tiembla, diputados de Jalisco autorizan inhabilitar a corruptos

Los funcionarios públicos que sean sentenciados por haber cometido delitos por hechos de corrupción serán inhabilitados para volver a ocupar un cargo a nivel estatal o municipal. El pleno del Congreso de Jalisco avaló modificaciones al Código Penal para especificar que en esos casos aplicará la inhabilitación, independientemente de otras sanciones.

El diputado perredista Gerardo Quirino Velázquez, promotor de la reforma, detalló que las sanciones se endurecen, de acuerdo con el daño hecho al erario. Podrá ser de uno a diez años, cuando el lucro obtenido por el delito sea menor a los 16 mil 898 pesos. En caso de que supere ese monto, el impedimento para volver a ocupar un puesto en la administración pública podrá ser por 30 años o de forma definitiva.

A los particulares que hayan participado en un proceso de compra o adjudicación, que sean sentenciados por corrupción, también se le aplica la inhabilitación y no podrán participar en nuevas licitaciones o aspirar a recibir contratos para brindar servicios a dependencias públicas.

El legislador refirió que este endurecimiento de penas sí aplicaría en las carpetas de investigación que tiene abiertas la Fiscalía Anticorrupción, en casos como las presuntas anomalías cometidas durante la pasada administración en la Secretaría de Salud y el Instituto de Pensiones del Estado.   

En el paquete de reformas también se modifican la Ley de Compras Gubernamentales y la Ley de Responsabilidades.

Tras las reiteradas solicitudes del fiscal anticorrupción Gerardo de la Cruz, para que se delimitaran los delitos de corrupción, y ya no le turnen casos de tortura y abuso de autoridad, el diputado presentó iniciativa de reforma para corregir esa laguna. Además, plantea aumentar la pena por el delito de desaparición forzada y tortura; para elevarla hasta 60 años en el primer caso y 20 años para el segundo.   

Con ajustes al Código Penal estatal, diputados locales acordaron reforzar las sanciones por maltrato animal. A los centros que sacrifican animales para el abasto de alimento se les advierte que deben cumplir las Normas Oficiales Mexicanas en la materia o podrán ser sancionados, con la pérdida de licencia, inhabilitación, hasta cuatro años de cárcel y multa máxima de 84 mil 490 pesos. Los ayuntamientos que operen Centros de Matanza y Servicio Municipal de Rastros tendrán plazo de seis meses para garantizar mejores prácticas y cumplimiento de la reforma.

Incluyen sanción de hasta dos años de prisión y multa de 25 mil 347 pesos por el abandono de animales en la vía pública o desatención por periodos prolongados en propiedad privada. Se especifica que quedan exceptuados de estos delitos prácticas como corridas de toros, peleas de gallos, charreadas, cacería, investigación científica, carreras de caballo o perros.